El poder notarial es un documento público que una persona física o jurídica firma con el visto bueno de un notario para designar a otro como representante legal del mismo. Así, le autoriza a actuar en su nombre en diferentes actos jurídicos o materiales.

Esta medida es de gran utilidad para diferentes situaciones de la vida física y, más concretamente, para resolver algunos trámites burocráticos en el mundo empresarial.

Con estos documentos, los notarios garantizan que la identidad del poderdante* que lo expide y sus voluntades se ajustan a la ley. Por su parte, la persona que sea designada como representante legal o apoderada deberá acreditar su condición de* mediante la exhibición de una copia de la autorización concedida.

Distinguimos diferentes tipos de poder notarial:

Poderes generales:
Son escrituras en las que una persona concede a otra todas las facultades posibles para hacerse cargo de todo su patrimonio. Este tipo de poder se caracteriza por la amplitud de las facultades, con el consiguiente riesgo.

Poderes especiales:
Son escrituras en las que una persona faculta a otra para realizar uno o varios actos concretos. Esta clase de poder se caracteriza por la limitación de facultades; por ejemplo, podrá comprar, vender, hacer herencias, etc.

Potestades contenciosas:
Es el documento notarial en el que una persona faculta a sus abogados y procuradores para representarse en los juicios.

Permisos de viaje:
Cuando los hijos menores de edad realicen un viaje al extranjero sin acompañamiento de sus padres o tutores, se podrá autorizar el viaje mediante este documento notarial, que el menor deberá acompañar con su DNI o pasaporte.

En caso de inhabilitación de facultades preventivas:
Son poderes en los que una persona confiere facultades a otra para que haga todo lo necesario para que la que lo otorga sea incapacitada en el futuro. Es una herramienta muy útil para evitar problemas cuando te haces mayor.

Potestades comerciales:
Son poderes otorgados por una sociedad, a través de su administrador, a favor de una persona que podrá realizar una o varias operaciones mercantiles en nombre de la sociedad.

Documentación necesaria:

Poderes Generales:

  • DNI, nombre, domicilio y estado civil de los poderdantes.

  • Cuando se trate de la sociedad vigente, apoderamientos o nombramiento de administradores.

  • Datos de los apoderados, nombre, dirección, estado civil y DNI.

  • Facultades que se otorgan (para qué materias se otorga el poder).

Potestades contenciosas:

  • DNI, nombre, domicilio y estado civil de los poderdantes.

  • Cuando se trate de la sociedad vigente, apoderamientos o nombramiento de administradores.

  • Los nombres de los Procuradores y Letrados y el Colegio al que pertenecen. (Importante.)